Cargando...
La entidad previsional comunicó ayer que con el objetivo de que más empresas puedan regularizar sus deudas, la Dirección de Aporte Obrero Patronal lanzó nuevamente la promoción de pago de aportes con descuento en los recargos por mora.
El Consejo de Administración, por Resolución C.A. N° 005-013/2024, de fecha 24 de enero de 2024, autorizó a la Dirección de Aporte Obrero Patronal, dependiente de la Gerencia Administrativa Financiera, a establecer la referida exoneración, señala la nota.
De acuerdo con el informe se aplicará una exoneración del 100% del monto en concepto de recargo por mora, en la modalidad de pagos al contado de la totalidad de lo adeudado; y la exoneración del 50%, en la modalidad de pagos parciales.
Lea más: IPS no paga y farmacéuticas están “desesperadas” por cobrar unos US$ 300 millones
“Esta promoción es para firmas patronales del régimen especial y general, sobre las planillas normales, complementarias y/o cuotas de fraccionamientos de pagos vencidos e impagos, con vigencia hasta el 30 de abril del 2024″, indica la previsional.
La última campaña llevada a cabo para la regularización de deuda con esta misma característica fue del 1 al 26 de diciembre del año pasado, lo que permitió a numerosas firmas ponerse al día.
Lea más: IPS: asegurados denuncian millonarios gastos de bolsillo, falta de insumos y estudios médicos
Según los registros de la institución, más de 5.634 empresas se acogieron y esto permitió recuperar en concepto de aportes más de G. 21.420 millones (US$ 2,9 millones al cambio vigente).
En aquella oportunidad, el IPS había indicado que los empleadores (empresas y seguro doméstico), aportantes voluntarios para jubilación, trabajadores independientes, beneficiarios en la modalidad de ascendientes contributivos y otros, tenían la posibilidad de acceder a la citada promoción.
Podrá contratar a jubilados
Por otro lado, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto N° 1109, con fecha 25 de enero, por el cual modifica el artículo 14, inciso F) del Decreto N° 8841/2018, que establece el estatuto del funcionario del Instituto de Previsión Social.
La modificación fue a pedido del IPS argumentando la necesidad de incorporación de capital humano y una serie de programas que motivan la habilitación de ingreso de personal calificado que, a la sazón de lo previsto en el Decreto N° 8841/2018, se encuentra excluido del conjunto de posibles candidatos.
El decreto señala que de este modo, resulta razonable la necesidad de realizar la modificación solicitada por el Instituto de Previsión Social, a fin de asistir las necesidades de capital humano demandadas por el ente en beneficio de la ciudadanía, deviniendo necesario modificar el artículo 14, inciso f), del Decreto N° 8841/2018 en tal sentido.
Lea más: IPS: cuatro detenidos por presunto ofrecimiento de nombramientos a cambio de dinero
Con la modificación se estipula que están inhabilitados para ingresar como funcionarios en el cargo de confianza o en el cuadro permanente del IPS, así como para contratar con el mismo: f) los jubilados de la administración pública, salvo por vía de la contratación para casos excepcionales resueltos por la máxima autoridad del ente, fundados en casos de emergencia o en la falta de recursos humanos con el grado de especialización del contratado; y los que se hayan acogido al retiro voluntario en el sector público.
En el decreto anterior estaban inhabilitados los jubilados del IPS y de la administración pública, salvo en el caso de los miembros del consejo de administración.