Los municipios deberán adaptar sus ordenanzas a la ley de tragamonedas

Javier Balbuena, expresidente de Conajzar, alertó que los 263 municipios del país deberán adaptar sus ordenanzas a las disposiciones de la Ley N° 6903/2022, que establece medidas de protección a los niños, niñas y adolescentes de la influencia de tragamonedas. Deberán incautar y destruir las máquinas que funcionen de forma clandestina.

Los comercios que no sean exclusivos de juegos de azar y cuenten con  tragamonedas se exponen a severas sanciones.
Los comercios que no sean exclusivos de juegos de azar y cuenten con tragamonedas se exponen a severas sanciones.Gustavo Machado

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El expresidente de la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar) y actual representante de la Asociación Paraguaya de Entretenimiento y Juego (APEJ), Javier Balbuena, calificó de gran desafío el trabajo que implicará la implementación de la Ley N° 6903/2022, que establece medidas de protección a niños, niñas y adolescentes de la influencia de tragamonedas, cuyo objetivo es disminuir las posibilidades del desarrollo de adicción a las apuestas (ludopatía).

Así lo consideró, pues los 263 municipios del país deberán adaptar sus respectivas ordenanzas a las disposiciones de la normativa reglamentada recientemente por el presidente de la República, Santiago Peña, con el Decreto N° 938. El plazo estipulado para la citada tarea es de 120 días, contados desde el 26 de diciembre último.

Balbuena observó que el documento se encuentra en concordancia con las normativas vigentes que regulan los juegos de azar, y específicamente, la Ley N° 1016/1997.

“Con la vigencia del citado decreto no se podrán explotar los tragamonedas en lugares separados por mamparas o divisorias, en mercados, despensas, hamburgueserías, salas de internet, bodegas, bares, cafeterías, restaurantes y otros comercios no exclusivos de juegos de azar”, puntualizó.

Las máquinas tragamonedas deben ser incautadas y destruidas, trabajo a cargo de los municipios.
Las máquinas tragamonedas deben ser incautadas y destruidas, trabajo a cargo de los municipios.

Agregó que los locales que podrán explotar ese juego deberán ser recintos cerrados, donde se desarrollen actividades exclusivas de juegos de azar y no otras. Esos comercios deberán estar distantes a al menos 500 metros de centros educativos, escuelas, colegios, universidades y similares; distancia que se medirá desde los accesos de los citados locales.

Balbuena destacó qu ninguna de esas salas de juegos de azar podrá utilizar la palabra casino, pues se reserva ese término como exclusivo de los casinos concesionados por la Conajzar, cuyo presidente actual es Carlos Liseras.

Fabricación y monitoreo

Por otra parte, la reglamentación firmada por Peña contempla aspectos relacionados al uso y fabricación de las máquinas.

Las máquinas deberán contar y mantener durante todo el tiempo de explotación del local de juegos electrónicos un sistema de monitoreo y control en línea de las mismas, que opere en dicho local y a cuyo sistema tendrá acceso Conajzar, estipula el decreto.

Asimismo, sobre este software, Conajzar emitirá los parámetros técnicos a los cuales deberán ajustarse los gobiernos municipales, que tendrán que reportar locales habilitados y el canon percibido, comunicando todo esto de manera semestral.

Sobre el punto, Balbuena indicó que las máquinas que actualmente vemos se fabrican de forma casera y sin posibilidades de que sean sometidas a una auditoría que informe la cantidad de juegos, montos de apuestas y retribución de premios a los jugadores. Por eso, la normativa prevé grandes cambios en el rubro.

En todos los comercios que no sean exclusivos de juegos de azar están prohibidos los tragamonedas.
En todos los comercios que no sean exclusivos de juegos de azar están prohibidos los tragamonedas.
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