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Los capitanes de barcos insisten en que tienen derecho a cobrar sus jubilaciones con base en sus salarios completos (entre G. 40 millones y G. 60 millones al mes), sin que se considere el tope fijado por el Instituto de Previsión Social (IPS).
Al respecto, el abogado Raúl Mongelós, representante legal del capitán Emigdio Riveros, confirmó que, ante la negativa del IPS de abonar a su cliente lo que corresponde, ha procedido a solicitar el 5 de diciembre último a la Corte Suprema de Justicia la intimación correspondiente, bajo apercibimiento de que sean remitidos los antecedentes al Ministerio Público, en caso que persista la actitud de “Desacato”.
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El abogado se refirió a las declaraciones del director jurídico de la previsional José González que “no van a pagar ni un solo guaraní que no corresponda” Añadió que esto demuestra un acto de rebeldía hacia la máxima instancia Judicial, cual es la Corte Suprema de Justicia; lo que desde ya configura el delito de desacato.
Los marinos reclaman el cumplimiento de la AI 1917 del 2016 y 1197 del año 2017, en la cuales la Corte Suprema de Justicia les da la razón en el cobro de sus haberes por el monto aportado (que exceden el tope establecido en la carta orgánica del IPS de 10 salarios mínimos).
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Acción de nulidad sigue su curso
Según el IPS está pendiente de definición una acción autónoma de nulidad sobre el caso. Cabe mencionar que el 20 de julio del año 2021 el Tribunal de Apelación Civil, Sexta Sala, hizo lugar a la suspensión de los efectos de la resolución de la Corte Suprema que favorecía a los marinos.
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“Nosotros habíamos planteado una apelación y se nos concedió el recurso. Pero al conceder el recurso ellos impugnan esa decisión y ahora está pendiente de definición esa impugnación a nuestra apelación”, explicó el asesor jurídico del IPS a nuestro diario.