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La Dirección de Transparencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) aseguró que cumple con los requerimientos de información mediante el mecanismo de Acceso a Información Pública (AIP), luego de que ABC publicara el ranking de instituciones que ocultan datos públicos, basado en datos del Ministerio de Justicia (MJ). Se trata del cumplimiento de brindar informes a la ciudadanía, conforme estipula la Ley N° 5282 de Transparencia Gubernamental.
El director de Acceso a Información Pública (AIP) del MJ, Mario Ovelar, reveló que la CSJ acumula 50 expedientes de solicitudes de datos públicos que no fueron respondidos en 2022. Señaló que se trata de las solicitudes hechas por ciudadanos vía Portal Unificado y que el ministerio intervino para derivar las solicitudes a la Corte, y estos no fueron respondidos.
Al respecto, el comunicado firmado por el director José María Costa, de la Dirección de Transparencia de la Corte Suprema de Justicia, indica que esta institución tiene su propio sistema de ingresos de solicitudes AIP, que incluye medios presenciales y digitales.
“En ese sentido, la CSJ desde el principio decidió e informó que no se incluiría en el portal de AIP gestionado por el Poder Ejecutivo, tal como también dispusieron otras instituciones no ligadas al Ejecutivo. Dicho portal, al cual se ha referido el funcionario que proporcionó información al medio, fue desarrollado en virtud a un decreto del PE que declaró obligatoria la incorporación sólo a entidades dependientes del PE”, reza el comunicado (negritas en original).
Añade que la adhesión al portal de otras instituciones es voluntaria, algo no aclarado por la fuente.
Sobre el punto, Mario Ovelar había señalado que se enviaron notificaciones a la CSJ solicitando la adhesión y se fundamentó en que el artículo 2 de la Ley N° 5282 de Transparencia Gubernamental señala que son fuente pública de información el Poder Judicial, el Consejo de la Magistratura, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, el Ministerio Público y la Justicia Electoral.
La mencionada ley se reglamentó con el Decreto N° 4.064, que en el artículo 8 estipula la creación del portal unificado de Información Pública “única y centralizada de gestión de información pública”. Seguidamente, en el artículo 9 se establece que para el cumplimiento de la Ley N° 5.282, todas las fuentes públicas utilizarán el portal unificado de Información Pública.
“Desconocemos si se actualiza”
En cuanto a la gestión de expedientes, Costa indica en su informe que “las solicitudes recibidas en el Portal por el Ministerio de Justicia o cualquier otra entidad, que correspondan a datos que posea la CSJ, y son reenviadas a ésta, son respondidas directamente a los ciudadanos requirentes, con copia al Ministerio de Justicia cuya gestión digital de recepción de estos documentos desconocemos, como tampoco si se actualiza en forma periódica este detalle en su portal”, afirma.
Además, la Dirección de Transparencia de la CSJ recuerda que las fuentes públicas de información están obligadas a proveer información certera y fiable, y que “datos erróneos, parciales, incompletos conspiran contra la credibilidad de un sistema de acceso a información pública en el que la Corte Suprema de Justicia, a través de fallos judiciales históricos y permanente compromiso institucional ha venido contribuyendo de manera sostenida”, dice el comunicado.
Expedientes pendientes de respuesta
José María Costa, por su parte, indicó que la oficina durante el año 2022 ha recibido, atendido y gestionado un total de 322 solicitudes de la ciudadanía en el marco de la ley de transparencia.
“Todas las solicitudes fueron correcta y oportunamente gestionadas para su respuesta, quedando aún pendientes 36, en su mayoría aún dentro del plazo legal de la respuesta y/o debido a la gestión compleja de obtención de datos solicitados”, aseguró.
Si bien el informe de la CSJ indica que el propio sistema de ingreso de solicitudes de AIP se encuentra en su web, que incluye medios presenciales y digitales, en el citado sitio sólo se encuentra información relativa a la Ley N° 5282 y otros datos generales. Es decir, no hay un mecanismo digital para que los interesados soliciten a través del portal los datos públicos, tal como sí se encuentra en el portal unificado de AIP del cual la Corte no quiere formar parte.
TSJE “asegura el derecho a informarse”
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), ubicada también entre las que más acumulan expedientes sin responder según el Ministerio de Justicia, emitió un comunicado en el cual asegura que “por medio de su programa de transparencia y puertas abiertas, respeta y asegura el derecho a informarse de parte de la ciudadanía”.
Añade que a la fecha, “no existe consultas que no hayan sido gestionadas, es decir, no se oculta información alguna, construyendo día a día un Paraguay más transparente democrático y pluralista”. Seguidamente indica que en su portal dispone del formulario digital para solicitar información pública, el cual sí corresponde a un formulario.
Sin embargo, el TSJE no se encuentra en la lista de instituciones públicas para requerir información en el portal unificado, cuyo responsable del control es el Ministerio de Justicia.