Conacom sanciona a Cadipac por acordar precios de combustibles

La Comisión Nacional de Competencia (Conacom) sancionó a la Cámara de Distribuidoras Paraguayas de Combustibles (Cadipac) por emitir recomendaciones colectivas para fijar precios de combustibles, a través de declaraciones en la prensa. El castigo consiste en difundir la normativa de la defensa de la competencia.

Conacom consideró que los diferentes emblemas que operan en el país tienen distintas estructuras de costos, por ende, de precios.
Conacom consideró que los diferentes emblemas que operan en el país tienen distintas estructuras de costos, por ende, de precios.FERNANDO ROMERO

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La Comisión Nacional de la Competencia (Conacom), presidida por Rolando Díaz, informó ayer que sancionó a la Cámara de Distribuidoras Paraguayas de Combustibles (Cadipac) por violar disposiciones establecidas en la Ley N° 4.956/2013 de Defensa de la Competencia.

Se trata de un sumario planteado el 19 julio de 2021, por declaraciones que dio Miguel Bazán, representante del mencionado gremio, en medios de comunicación. La investigación tomó varias publicaciones periodísticas para analizar la conducta del gremio, incluso una del 15 de febrero de 2021 de ABC.

También tomó informes de otros medios, difundidos en mayo. De estos reportes, Conacom destacó el anuncio de la suba de G. 400 por litro y que ya era inevitable, atendiendo a que las distribuidoras hacían un esfuerzo por contener el precio de venta. Se consideró que tuvieron que ponerse de acuerdo para dar ese anuncio, según el análisis que se desprende de la Resolución N° 60/2022.

Conacom observó que las declaraciones de Bazán estaban direccionadas a reducir la incertidumbre comercial de distribuidoras o emblemas -socias o no del gremio- y que tienen una política de precios independiente. Es decir, la comisión consideró que las informaciones difundidas en la prensa incidieron en la definición de los precios de combustible, cuando debería ser de acuerdo a sus propias circunstancias comerciales.

“Todos los actores tienen distintos proveedores, distintos orígenes del productos, distintos niveles de stock y grados de eficiencia, por lo tanto, existe claramente un margen para diferenciarse por los precios entre los competidores, a fin de determinar la fecha de cambios de precios”, se evaluó.

Conacom considera que los emblemas de combustible tienen diferentes estructura de costos, por lo tanto son distintos los ajustes que deban considerar aplicar a sus precios al consumidor final.
Conacom considera que los emblemas de combustible tienen diferentes estructura de costos, por lo tanto son distintos los ajustes que deban considerar aplicar a sus precios al consumidor final.

Al respecto, Bazán dijo a ABC que la sanción se aplicó por sus comentarios sobre cómo estaban yendo los precios internacionales y cómo afectan al mercado nacional, entre febrero y mayo de 2021. “Luego de esas afirmaciones se reportó cinco alzas de precios, pero sin ningún comentario nuestro al respecto. Es muy tonto pretender que las subas de precios se dan por comentarios de una persona o un gremio. En fin”, manifestó.

Además, el gremio apeló el artículo 26 de la Constitución Nacional, que garantiza la libertad de expresión. La Conacom recalcó que la libre competencia está garantizada en la Carta Magna, artículo 107.

La sanción consiste en la publicación en un medio de comunicación en el cual diga que la Conacom insta a los gremios y asociaciones empresariales a abstenerse a realizar conductas anticompetitivas. Además, la obligación de entregar folletos con la transcripción íntegra de la Ley N° 4956, de Defensa de la Competencia, el decreto reglamentario y las guías aprobadas por la Conacom.

Otros sumarios vinculados a la venta de derivados del petróleo

Conforme al archivo disponible en la web de la Comisión Nacional de Competencia (Conacom), siguen pendiente de resolución dos sumarios a gremios vinculados a la comercialización de derivados del petróleo, y son la Asociación de Propietarios y Operadores de Estaciones de Servicios y Afines (Apesa), representada por Miguel Corrales, y Cámara Paraguaya de Empresas Fraccionadoras de Gas Licuado de Petróleo (Capagas), cuyo presidente es Pedro Balotta. Ambas son investigadas por infringir el artículo 8° de la Ley N° 4.956, y se sospechó que entre los socios del gremio acordaron acciones.

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