Fiscalía encuentra varias maniobras para no pagar tributos por la quiniela

La firma explotadora de la quiniela desde 2015, TDP SA, dijo que en 2019 se creó el reglamento para pago de impuestos por juegos de azar, mediante el Decreto N° 1.860, y que por eso no abonó lo que después le reclamó el Fisco. Sin embargo, para el Ejecutivo y para la Fiscalía, ese documento “no existe”, por lo que el representante de la compañía irá a juicio oral por presunta declaración falsa, ya que habría usado maniobras para no tributar.

La Fiscalía aseguró que la empresa explotadora de la quiniela, TDP SA, presentó un decreto que "no existe" para justificar su imposibilidad de pago de impuestos. Se trata de la empresa de Álvaro Wasmosy Carrasco, hijo del expresidente Juan Carlos Wasmosy.
La Fiscalía aseguró que la empresa explotadora de la quiniela, TDP SA, presentó un decreto que "no existe" para justificar su imposibilidad de pago de impuestos. Se trata de la empresa de Álvaro Wasmosy Carrasco, hijo del expresidente Juan Carlos Wasmosy.SILVIO ROJAS

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La fiscala María Estefanía González, que investiga el caso Conajzar y que elevó la causa a juicio oral, sostiene en el escrito de su acusación que la explotadora de la quiniela desde el 2015, TDP SA, mintió para volver a ser adjudicada en 2020. Según la agente, para alegar que no era morosa del fisco, dicha empresa reportó un documento “que no existe”, el supuesto Decreto N° 1860/19.

González describe que al firmar el contrato de la concesión del citado juego de azar en 2015, cuyo proceso licitatorio es responsabilidad de la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar), la compañía, cuyo directivo es Álvaro Wasmosy Carrasco, se comprometió a, entre otros puntos, las obligaciones por la explotación de la quiniela durante 5 años.

La agente sostiene que no encontró comprobantes de cumplimientos del pago del Impuesto a la Renta de las Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios (Iracis), del impuesto establecido en la Ley N° 431/73 a favor de los veteranos de la Guerra del Chaco, la donación a entidades de beneficencia establecida en la Ley N° 1016/97, el 50% de los premios no entregados a favor de la Dirección de Beneficencia y Asistencia Social (Diben) y el otro 50%, al Fondo Nacional de Recursos Solidarios para la Salud (Fonaress). Añade que ante la ausencia de comprobantes, la Conajzar debió rescindir el contrato.

Al inicio de este año, la fiscala María Estefanía González allanó la oficina de Conajzar para incautar documentos y computadoras.
Al inicio de este año, la fiscala María Estefanía González allanó la oficina de Conajzar para incautar documentos y computadoras. Verificó los archivos, incluso los que se encuentran en en formato digital, y aseguiró que no encontró comprobantes de cumplimientos de obligaciones de la explotadora de la quiniela, TDP SA.

Sin embargo, la Comisión volvió a adjudicar la concesión del juego a la misma firma, en 2020. En ese llamado, uno de los formularios del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) era la declaración jurada de estar al día con todas sus obligaciones. El directivo de TDP SA, Álvaro Wasmosy, firmó ese documento y por ello, la Fiscalía acusó al empresario por el hecho punible de declaración falsa y pidió juicio oral (para él y otras seis personas, entre ellas, autoridades actuales y exautoridades de Conajzar).

En la acusación, la agente resalta que “en las presentaciones ante esta unidad fiscal, TDP SA invocó el Decreto N° 1.860/19 para sostener que la retención sólo era posible desde su vigencia, sin embargo, ese decreto no existe, conforme se advierte en la Gaceta Oficial y del informe remitido por el Gabinete Civil del Poder Ejecutivo”.

Captura de pantalla del archivo de Decretos de  la web de Presidencia. En el historial se aprecia que del Decreto N° 1859 salta al  N° 1861, falta el documento N° 1860, que reglamenta retenciones de juegos de azar.
Captura de pantalla del archivo de Decretos de la web de Presidencia. En el historial se aprecia que del Decreto N° 1859 salta al N° 1861, falta el documento N° 1860, que reglamenta retenciones de juegos de azar.

En ese sentido, ABC verificó el archivo de Presidencia y en el historial se aprecia que después del Decreto N° 1.859 ya aparece el N° 1.861, es decir, se constató la ausencia del Decreto N° 1.860, argumentado por TDP ante el Ministerio Público.

Resumen del caso "Conajzar". Fiscalóa acusó y pidió juicio oral para siete de los ocho procesados por las causas de tragamonedas, quiniela y reducción del canon a concesionarias de juegos de azar.
Resumen del caso "Conajzar". Fiscalóa acusó y pidió juicio oral para siete de los ocho procesados por las causas de tragamonedas, quiniela y reducción del canon a concesionarias de juegos de azar.

Otras maniobras para no pagar impuestos

Como antecedente, la fiscala cita dos maniobras para no pagar el impuesto establecido en beneficio de los excombatientes de la Guerra del Chaco. Una es que, luego de la firma de contrato de 2020 para la concesión de la quiniela, la empresa presentó una acción de inconstitucionalidad contra la Ley N° 431/73, que fue rechazada por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), mediante el Acuerdo y Sentencia N°194/2020. La otra es el reglamento de TDP, ratificado llamativamente por la propia Conajzar, que dice que en el juego de la quiniela no existe “premio” sino aciertos y que, por lo tanto, no hay premio no entregado.

Acusación “está viciada”, afirma defensa

José Fernández Zacur, representante de la defensa de Álvaro Wasmosy, directivo de TDP SA (explotadora de la quiniela), explicó que luego de una conversación con el equipo jurídico, se decidió “litigar en el expediente”. Fue al ser requerido por ABC para obtener una respuesta sobre las afirmaciones del Ministerio Público en la acusación y pedido de juicio oral del caso Conajzar.

“Estuvimos trabajando con el equipo jurídico. Resulta que la acusación está plagada de vicios graves, a nuestro modo de ver, y creemos que perjudicaría la estrategia de defensa adelantarlos en una entrevista”, expresó en respuesta a la solicitud para conocer la versión del acusado, ya sea de mediante una entrevista verbal ----presencial o telefónica, o vía comunicado.

“Agradeciéndole la oportunidad que nos brinda, preferiríamos realizar los planteamientos judicialmente primero. Ya en su oportunidad conversaremos con la anuencia de mi cliente”, añadió Fernández Zacur.

En otras ocasiones, también se intentó conocer la postura de la empresa referente a denuncias del sindicato de trabajadores de juegos de azar, tales como desvinculaciones irregulares de corredores de quiniela (quinieleros) y la falta de ajuste del porcentaje de ganancia de sus colaboradores, y tampoco se obtuvo ninguna respuesta.

En pandemia, la empresa redujo de 25% a 20% la comisión de los quinieleros, de manera unilateral, denunciaron trabajadores.

Facsímil de la acusación de Fiscalía. Asegura que no existe el Decreto N° 1860/19  planteado por la defensa de TDP SA para justificar que no estaba en mora en 2020, al adjudicarse la quiniela.
Facsímil de la acusación de Fiscalía. Asegura que no existe el Decreto N° 1860/19 planteado por la defensa de TDP SA para justificar que no estaba en mora en 2020, al adjudicarse la quiniela.
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