Los dos arponeros nipones, el Yushin Maru y el Yushin Maru 3, cruzaron más de treinta veces la proa del barco ecologista con cables metálicos en un aparente intento por dañar los timones y propulsores del navío australiano.
El barco de Sea Shepherd trata de evitar la caza de ballenas en el continente helado, según un comunicado divulgado por la propia organización en Australia.
El Bob Barker se encontraba en el momento del ataque a unos once kilómetros del Nisshin Maru, el buque factoría de la flota ballenera japonesa, que el domingo por la mañana fue localizado por tercera vez.
Durante el incidente, los ecologistas indicaron que los balleneros japoneses los apuntaron con potentes luces para cegarlos e impedir su navegación y arrojaron hielo contra las pequeñas embarcaciones que intentaban repeler el ataque, que culminó con el alejamiento del Nisshin Maru, reza el comunicado.
A pesar del ataque que, según remarca la organización, supone una violación a las regulaciones internacionales para la prevención de colisiones en alta mar, el capitán del Bob Barker, Peter Hammarstedt, aseguró que su tripulación seguirá luchando contra la matanza “feroz” de cetáceos.
Se trata del segundo ataque en este mes contra el Bob Barker, después de un incidente a principios de febrero.
La campaña de Sea Shepherd contra la caza de cetáceos en la Antártida tiene lugar mientras se espera la decisión de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya sobre la legalidad de la caza de ballenas por parte de Japón.
Australia denunció a Japón ante el Tribunal de La Haya por la supuesta violación de la Convención Internacional para la Reglamentación de la Caza de Ballenas, firmada en 1946 para promover la conservación de estos animales y desarrollar la industria ballenera de manera sostenible. También acusó a Japón de transgredir el mandato de moratoria total de las capturas con fines comerciales de estos mamíferos, que entró en vigor en 1986.
Japón, que abandonó temporalmente la caza de ballenas ese año, defiende que su programa está amparado por el artículo VIII de la Convención de 1946, que permite la caza de ballenas con fines científicos.